ARTICULO 28 DE LA LEY DEL ISR

ARTICULO 28 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA El articulo 28 de la ley del ISR hace referencia a todos aquellos conceptos y casos que no son deducibles para el calculo del impuesto sobre la renta de los contribuyentes. En principio tenemos que saber el concepto de deducible, el cual se define como: el parcial o total de un gasto que se puede considerar al momento de hacer el calculo del ISR. Esta parte se le resta a los ingresos y de esta manera poder determinar el pago del impuesto. Las fracciones de este articulo hacen referencia a muchos conceptos que no son deducibles como: El pago de impuesto a cargo de los mismos contribuyentes o de otra persona externa, señala que solo serán deducibles aquellos que sean parte del pago del seguro social al IMSS efectuado por los patrones. También hace referencia a que no es deducible las cantidades referente al subsidio, cuando el contribuyente sea retenedor hacia personas que presten su trabajo bajo la subordinación. ...